La reforma laboral introdujo una nueva herramienta destinada a ayudar a las empresas a gestionar el costo de las desvinculaciones: el Fondo de Asistencia Laboral (FAL).
En agosto de 2026, el Poder Ejecutivo reglamentó el régimen de inversión del FAL a través de la Resolución 1276/2026 del Ministerio de Economía, que define los principios, los instrumentos habilitados y los límites de inversión. La Comisión Nacional de Valores (CNV) dictará la reglamentación complementaria dentro de los 45 días de su entrada en vigencia.
Por eso, muchas empresas comenzaron a preguntarse qué es el FAL, cómo se financia y cómo funcionará este nuevo esquema para cubrir indemnizaciones laborales.
A continuación, repasamos qué es el Fondo de Asistencia Laboral, cómo funciona y cuáles son sus principales características.
¿Qué es el Fondo de Asistencia Laboral (FAL)?
El Fondo de Asistencia Laboral (FAL) es un sistema de ahorro previo destinado a financiar indemnizaciones laborales, utilizando recursos que anteriormente formaban parte de los aportes patronales dirigidos a ANSES.
A través de este mecanismo, una parte de esos aportes se deriva hacia fondos de inversión destinados específicamente a cubrir obligaciones laborales.
El objetivo del FAL es permitir que las empresas anticipen y administren de forma más previsible el costo de las desvinculaciones.
¿Para qué sirve el Fondo de Asistencia Laboral?
El FAL busca que las empresas puedan planificar financieramente el costo de las indemnizaciones laborales, reduciendo la incertidumbre que generan las desvinculaciones.
Este esquema apunta a resolver problemas habituales en la gestión laboral, como:
- Incertidumbre en el costo de las desvinculaciones
- Impactos financieros difíciles de anticipar
- Contingencias laborales complejas de planificar
En otras palabras, el Fondo de Asistencia Laboral introduce un sistema de previsión financiera para afrontar obligaciones laborales futuras.
Características principales del Fondo de Asistencia Laboral
El sistema del FAL presenta algunas particularidades relevantes:
- No reemplaza el sistema actual de indemnizaciones, sino que contribuye a financiarlo.
- Está destinado exclusivamente a empresas privadas.
- La ley 27.802 establece la obligatoriedad de contar con un FAL para empresas con empleados en relación de dependencia.
Esto implica que el FAL se incorpora como una herramienta complementaria dentro del sistema laboral vigente.
¿Cómo se financia el Fondo de Asistencia Laboral?
El Fondo de Asistencia Laboral se financia mediante aportes mensuales calculados sobre la masa salarial de la empresa.
Las alícuotas previstas son:
- Grandes empresas: 1% de la masa salarial (incrementable hasta 1,5%).
- PyMES: 2,5% de la masa salarial (incrementable hasta 3%).
Además, los recursos acumulados en el fondo generan rendimientos financieros, que también integran el capital disponible para cubrir obligaciones laborales.
¿Cómo funciona el Fondo de Asistencia Laboral?
El funcionamiento del FAL se basa en un esquema financiero específico:
- Cada empresa abre una cuenta en un fondo habilitado por la CNV.
- Existe una cuenta única por empresa (no por empleado).
- El fondo constituye un patrimonio separado y de afectación específica.
Los recursos del fondo solo pueden utilizarse para cubrir obligaciones laborales, lo que garantiza su finalidad exclusiva.
¿Qué compone el fondo?
El capital del Fondo de Asistencia Laboral puede integrarse con:
- Contribuciones mensuales obligatorias
- Rendimientos e intereses generados por el fondo
- Contribuciones voluntarias
- Otros ingresos permitidos por la normativa
¿Qué principios rigen la inversión del Fondo de Asistencia Laboral?
En agosto de 2026, el Ministerio de Economía reglamentó cómo deben invertirse los recursos del FAL mediante la Resolución 1276/2026. La norma establece que toda inversión debe respetar seis principios rectores, orientados a cuidar el capital de la empresa y a asegurar que los fondos estén disponibles al momento de afrontar una indemnización:
• Seguridad — baja exposición al riesgo
• Liquidez — fondos disponibles cuando se necesitan
• Diversificación — sin concentrar en pocos activos
• Transparencia — reglas y control públicos
• Preservación del capital — cuidar el valor del fondo
• Correspondencia entre activos y obligaciones — poder responder a cada pago
La Comisión Nacional de Valores (CNV) supervisa el cumplimiento de estos principios y dicta la reglamentación complementaria del régimen.
¿En qué se puede invertir el dinero del FAL y qué límites tiene?
La Resolución 1276/2026 define en qué activos pueden colocarse los recursos del FAL, todos integrados y pagaderos en pesos. Los instrumentos habilitados son deuda del Estado Nacional, deuda provincial y de la Ciudad de Buenos Aires, depósitos en entidades autorizadas por el BCRA y obligaciones negociables (ON) de emisores privados. La deuda provincial/CABA y las ON deben, además, contar con oferta pública, negociarse en mercados autorizados por la CNV y tener calificación «AAA» de al menos dos agencias.
Para forzar la diversificación, la norma fija límites de concentración:
- 15% en una misma entidad bancaria
- 15% en deuda provincial y de CABA (5% por jurisdicción)
- 20% en obligaciones negociables (10% por emisor)
- 10% en instrumentos vinculados al tipo de cambio
Adicionalmente, exige mantener en todo momento al menos un 10% en activos de alta liquidez y bajo riesgo, y prohíbe invertir en la propia administradora o en sociedades vinculadas, evitando conflictos de interés.
El uso del Fondo de Asistencia Laboral está sujeto a ciertas condiciones:
- Solo puede aplicarse a empleados registrados
- Requiere al menos 6 meses de aportes al fondo
- Aplica para trabajadores con más de 12 meses de antigüedad
Ventajas del Fondo de Asistencia Laboral para las empresas
El Fondo de Asistencia Laboral busca mejorar la gestión del riesgo laboral dentro de las organizaciones.
Entre sus principales beneficios se destacan:
- Mayor previsibilidad del costo laboral
- Menor impacto financiero ante desvinculaciones
- Mayor flexibilidad para gestionar la plantilla
- Reducción de la litigiosidad laboral
Además, parte de los aportes patronales que antes se destinaban a ANSES pasan a formar un capital dentro del fondo de la empresa.
El rol de Criteria en la administración del FAL
La implementación del Fondo de Asistencia Laboral abre una nueva necesidad para las empresas: administrar eficientemente estos recursos y estructurar vehículos de inversión adecuados.
Nuestro equipo se encarga de:
- Diseñar el vehículo de inversión
- Definir la política de inversión
- Administrar el flujo de fondos
- Coordinar la relación con el fiduciario
- Brindar reportes institucionales y seguimiento permanente
Si tu empresa quiere anticiparse a la implementación del Fondo de Asistencia Laboral y entender cómo estructurarlo de forma eficiente, Criteria puede ser el socio estratégico para acompañar ese proceso. Te invitamos a contactar a tu Asesor Financiero de Criteria para más información, o contactanos.
¿Por qué Criteria en la mejor opción en la administración del FAL?
Criteria cuenta con más de 20 años de experiencia en el mercado de capitales, diseñando y administrando soluciones financieras para empresas e inversores institucionales.
A su vez, el equipo cuenta con una amplia trayectoria en la estructuración y gestión de esquemas de ahorro vinculados al ámbito laboral, con dinámicas similares a las del FAL.
A diferencia de bancos y ALyCs que cuentan con Fondos Comunes de Inversión propios, Criteria trabaja con un enfoque independiente y sin conflictos de interés, seleccionando en cada caso las mejores alternativas de inversión disponibles en el mercado.
Este modelo permite priorizar la seguridad, el rendimiento y la adecuación a los objetivos de cada empresa, optimizando la gestión de los recursos a lo largo del tiempo.
Si tu empresa quiere anticiparse a la implementación del Fondo de Asistencia Laboral y entender cómo estructurarlo de forma eficiente, Criteria puede ser el socio estratégico para acompañar ese proceso. Te invitamos a contactar a tu Asesor Financiero de Criteria para más información, o escribinos por WhatsApp.



