Fondo de Asistencia Laboral (FAL)

El Fondo de Asistencia Laboral ha llegado, y es obligatorio.
Cómo lo implemente hará la diferencia.

La nueva normativa exige la constitución de un Fondo de Asistencia Laboral (FAL) para las empresas. La elección de la estructura, la estrategia de inversión y su administración serán claves para construir una solución eficiente y alineada con las necesidades de cada organización.

Contenido de esta página

DEFINICIÓN

¿Qué es el Fondo de Asistencia Laboral?

El Fondo de Asistencia Laboral (FAL) creado por la Ley 27.742, es un mecanismo destinado a cubrir futuras obligaciones por desvinculación laboral.

Una parte de los aportes patronales que hoy se destinan al SIPA será redireccionada a este fondo, permitiendo a las empresas construir una reserva específica para afrontar estos compromisos.

Importante: El aporte al FAL no es un costo adicional. La ley establece que la contribución se compensa con una reducción equivalente en las contribuciones patronales al SIPA. El empleador redirige una parte de lo que ya pagaba hacia su cuenta individual.

ALÍCUOTAS

¿De dónde salen los recursos del FAL?

La normativa establece que una parte de las contribuciones patronales que hoy se destinan al SIPA será redireccionada al Fondo de Asistencia Laboral.

2,5%

PYMES

Empresas de hasta 100 empleados o encuadradas como MiPyME.

1%

GRANDES EMPRESAS

Empresas que superan los parámetros MiPyME. Alícuota menor, pero masa salarial proporcionalmente mayor.

* El Poder Ejecutivo Nacional podrá modificar estos porcentajes conforme a las facultades previstas en la normativa.

¿CÓMO FUNCIONA EL FAL?

Así funciona el Fondo de Asistencia Laboral

La normativa establece las condiciones para la constitución y utilización de los recursos del FAL.

Constitución

La empresa realiza aportes periódicos al fondo, según los porcentajes mínimos establecidos por la normativa.

Período de permanencia

Los fondos deben permanecer constituidos durante un mínimo de 6 meses.

Antigüedad mínima

El colaborador debe estar debidamente registrado y contar con al menos 12 meses de antigüedad.

Eventos cubiertos

El fondo puede utilizarse para cubrir las obligaciones previstas por la normativa ante una desvinculación laboral.

El FAL no reemplaza las obligaciones del empleador, sino que constituye una reserva destinada a afrontarlas.

Todas las condiciones aplican según lo establecido por la Ley 27.742 y su reglamentación.

POR QUÉ CRITERIA

Fideicomisos Financieros:
la estructura elegida para nuestro FAL

La normativa permite implementar el FAL mediante Fondos Comunes de Inversión o Fideicomisos Financieros. En Criteria elegimos el fideicomiso porque permite construir soluciones más flexibles, personalizadas e independientes para cada empresa.

Fondos Comunes de Inversión

Fideicomisos Financieros

Criteria, soluciones sin conflictos de interés

A diferencia de otras entidades que promueven productos propios, en Criteria seleccionamos las alternativas de inversión que mejor se adaptan a los objetivos del FAL y a las necesidades de cada empresa.

Nuestra independencia es una de las principales ventajas de nuestro modelo de asesoramiento.de cada empresa.

BENEFICIOS

Más que una obligación,
un beneficio para colaboradores y empresa

Un FAL bien implementado contribuye a fortalecer la propuesta de valor al empleado y la previsibilidad de la organización.

Previsibilidad financiera

Permite planificar y administrar de forma más ordenada futuras obligaciones laborales.



Seguridad para los colaboradores

Los recursos quedan destinados específicamente a cubrir los fines previstos por la normativa.



Atracción y retención
de talento

Bien comunicado, el FAL puede transformarse en un beneficio diferencial dentro de la propuesta de valor al empleado, contribuyendo a la fidelización y permanencia de los colaboradores.

Fortalecimiento de la marca empleadora

Refuerza el compromiso de la organización con el bienestar y la protección de sus colaboradores, fortaleciendo la percepción de la empresa como empleador.

VENTAJAS IMPOSITIVAS

Tratamiento fiscal del FAL

La Ley 27.742 establece beneficios impositivos específicos para los fondos de asistencia laboral, mejorando la eficiencia del esquema.

Exención de Impuesto a las Ganancias

Permite planificar y administrar de forma más ordenada futuras obligaciones laborales.


Exento IG

Exención de IVA

Los recursos quedan destinados específicamente a cubrir los fines previstos por la normativa.



Exento IVA — salvo comisiones

Mismo tratamiento que indemnizaciones

Bien comunicado, el FAL puede transformarse en un beneficio diferencial dentro de la propuesta de valor al empleado, contribuyendo a la fidelización y permanencia de los colaboradores.

Equivalente LCT

CALCULADORA FAL

Estimá el impacto del FAL en tu empresa

Ingresá la cantidad de colaboradores, el salario promedio y el tipo de empresa para estimar el volumen de recursos
que podría constituirse en tu Fondo de Asistencia Laboral.

Alícuota
2,5%
PyME
Aporte mensual
por mes
Acumulado 12 meses
con rendimiento estimado 25% TNA
Acumulado 24 meses
con rendimiento estimado 25% TNA

* El aporte mensual es estimativo sobre la base salarial SIPA. Los acumulados a 12 y 24 meses incluyen un rendimiento anual estimado del 25% TNA, capitalizado mensualmente, como referencia orientativa. El rendimiento real dependerá de la política de inversión del fideicomiso, el contexto de mercado y las condiciones regulatorias. Este cálculo no constituye una proyección ni promesa de rendimiento. Consultá con un asesor Criteria para un análisis personalizado.

PREGUNTAS FRECUENTES

Todo lo que necesitás saber sobre el FAL

Respuestas directas a las dudas más comunes sobre el Fondo de Asistencia Laboral y cómo lo gestiona Criteria.

¿Cuáles son los beneficios del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) para las empresas?

El Fondo de Asistencia Laboral (FAL) permite a las empresas planificar de forma más eficiente futuras obligaciones laborales, generar previsibilidad financiera y constituir una reserva específica destinada a estos compromisos. Además, una correcta implementación del FAL puede contribuir a fortalecer la propuesta de valor al empleado y la marca empleadora.

¿Cuáles son los beneficios del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) para los trabajadores?

El Fondo de Asistencia Laboral (FAL) crea una reserva destinada específicamente a cubrir las obligaciones previstas por la normativa ante una desvinculación laboral. Esto brinda mayor previsibilidad y confianza respecto de la disponibilidad de los recursos destinados a ese fin.

¿Cuál es el tratamiento impositivo del Fondo de Asistencia Laboral (FAL)?

La normativa contempla beneficios fiscales asociados al Fondo de Asistencia Laboral (FAL). El tratamiento impositivo específico dependerá de la reglamentación aplicable y de la estructura elegida para su implementación, por lo que resulta recomendable analizar cada caso particular.

¿Los fondos del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) son embargables?

Los recursos constituidos dentro del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) poseen una afectación específica vinculada a los fines previstos por la normativa. Esto les otorga una protección diferenciada respecto de otros activos de la empresa.

¿Qué vehículos permite la normativa para implementar un Fondo de Asistencia Laboral (FAL)?

La normativa contempla dos alternativas para la implementación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL): Fondos Comunes de Inversión (FCI) y Fideicomisos Financieros.

¿Cuál es la diferencia entre un Fondo Común de Inversión (FCI) y un Fideicomiso Financiero para un FAL?

Los Fondos Comunes de Inversión (FCI) ofrecen una estructura estandarizada para todos los participantes. Los Fideicomisos Financieros permiten una mayor flexibilidad en el diseño de la estrategia, la política de inversión y la adaptación a las características de cada organización.

¿Por qué Criteria implementa el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) mediante Fideicomisos Financieros?

En Criteria entendemos que los Fideicomisos Financieros ofrecen una estructura más flexible para adaptar la estrategia de inversión y la administración del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) a las necesidades de cada empresa, permitiendo además agrupar organizaciones con características similares y optimizar costos.

¿Puede una empresa aportar más que el mínimo previsto para el Fondo de Asistencia Laboral (FAL)?

Sí. La normativa establece niveles mínimos de constitución del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), pero las empresas pueden evaluar estructuras complementarias en función de sus objetivos y necesidades particulares.

¿Querés anticiparte a la implementación del FAL?

Criteria puede ser el socio estratégico para diseñar y estructurar el Fondo de Asistencia Laboral de tu empresa.

Más de 20 años de experiencia en el mercado de capitales.

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